Implementamos el sistema interno de información que tu organización necesita para cumplir con la normativa europea y española, protegiendo a denunciantes e informadores.
Marco legal vigente: La Ley 2/2023, de 20 de febrero, publicada en el BOE, transpone la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019 — la conocida como Directiva Whistleblowing — y establece la obligación de contar con un Canal de Denuncias para determinadas organizaciones.
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Un Canal de Denuncias —también conocido como WhistleBlower Channel o sistema interno de información— es una vía de comunicación utilizada tanto interna como externamente por las organizaciones para reportar comportamientos inusuales o delictivos detectados dentro de la propia organización o por parte de terceros relacionados con la misma.
En este sentido, se trata de una herramienta que permite informar de manera confidencial, mediante un formulario sencillo, sobre actividades o conductas que puedan implicar una violación del Código de Conducta o la comisión de un delito penal. Además, facilita la detección temprana de riesgos y refuerza la cultura de cumplimiento dentro de la empresa.
Por lo general, este sistema se gestiona a través de un Oficial de Cumplimiento (Compliance Officer) o un Comité de Cumplimiento. De este modo, se garantiza que solo estas figuras conocen la identidad del denunciante y los detalles del incidente reportado, permitiendo una investigación privada en fase inicial. Asimismo, se protege al informante frente a posibles represalias.
La normativa establece que las personas jurídicas con 50 empleados o más, así como aquellas que operen en determinados ámbitos, deben contar con un Canal de Denuncias interno. Las organizaciones actualmente obligadas son:
Empresas con 50 o más trabajadoresObligación directa por tamaño de plantilla
Administraciones y sector públicoTodas las entidades del sector público, sin excepción
Sector financieroEmpresas de cualquier tamaño que operen en este ámbito
Volumen de negocio ≥ 10M€Independientemente del número de empleados
Partidos, sindicatos y fundacionesPartidos políticos, sindicatos, patronales y fundaciones
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Tres fases claras, seguras y conformes con la Ley 2/2023.
El denunciante accede al canal —de forma identificada o anónima— y completa un formulario confidencial describiendo la conducta irregular detectada.
El Compliance Officer recibe la denuncia, acusa recibo en 7 días y realiza una investigación privada. Solo él conoce la identidad del informante.
En un plazo máximo de 3 meses se informa al denunciante de las acciones tomadas. Si procede, se escala a las autoridades competentes.
No es solo un formulario. Es un sistema de cumplimiento completo, gestionado y adaptado a tu organización.
Plataforma segura y cifrada para recibir, gestionar y hacer seguimiento de todas las denuncias.
Acceso restringido solo al Compliance Officer. Cumplimiento total con el RGPD y la LOPDGDD.
Elaboramos el reglamento interno y el procedimiento de gestión de denuncias adaptado a tu organización.
Figura independiente que gestiona las denuncias con imparcialidad, evitando conflictos de interés internos.
Sesiones de sensibilización para que tu equipo conozca el canal, cómo usarlo y qué protecciones tiene.
Reporting periódico del estado de las denuncias y evidencias de cumplimiento ante inspecciones o auditorías.
Si quieres cambiar el mundo, cámbiate a ti mismo.— Mahatma Gandhi
La Ley 2/2023 contempla sanciones económicas importantes para las organizaciones obligadas que no dispongan de un canal de denuncias interno. Las multas pueden llegar a ser muy significativas, además del daño reputacional asociado.
Sí. La ley permite y el canal debe admitir denuncias anónimas. No obstante, la ley también protege a los denunciantes que se identifican, prohibiendo explícitamente las represalias en su contra.
Cualquier persona que tenga o haya tenido relación laboral o profesional con la organización: empleados actuales y anteriores, colaboradores, proveedores, contratistas, accionistas y miembros de órganos de dirección.
Con LegalMit el canal puede estar plenamente operativo en muy poco tiempo. Nos encargamos de la configuración técnica, la redacción de la política interna y la comunicación a los empleados.
Infracciones del Derecho de la Unión Europea, violaciones del Código de Conducta interno, delitos penales (corrupción, fraude, blanqueo de capitales…), infracciones laborales, fiscales, medioambientales y de protección de datos, entre otras.
Cumple con la Ley 2/2023 y protege a tu organización. Nuestro equipo te asesora sin compromiso.